Institución | Comunidades - Facultad de Medicina |
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Disponible desde | el año 2003 |
Cursos Asociados | Otras realizaciones de este Curso |
Objetivos | La Tesis Profesional es una actividad curricular de formación profesional para la obtención del título de Tecnólogo Médico. Tiene como objetivo contribuir a la formación y creatividad científico-tecnológica del alumno, a traves de la aplicación del método científico en la resolución de problemas. |
Descripción | Durante el 9º semestre académico, el alumno guiado por un Tutor, debe desarrollar una Tesis Profesional en un tema del área básica, pre-clínica, de salud pública, de su mención, u otros temas que el Comité Académico de Tesis Profesional (CATEP) apruebe. |
Metodología | Se rige por el Reglamento de Trabajo de investigación que aparece mas abajo |
Evaluación | Se rige por el Reglamento de Trabajo de investigación que aparece mas abajo |
Horario | Lunes, Martes y Viernes de 9:00 a 17:00 horas Miercoles de 14:00 a 17:00 horas Jueves de 9:00 a 13:00 horas |
Comentarios | El trabajo de investigación se rige por el presente reglamento aprobado por el Consejo de la Escuela de Tecnología Médica: UNIVERSIDAD DE CHILE FACULTAD DE MEDICINA ESCUELA DE TECNOLOGIA MEDICA REGLAMENTO DE TESIS PROFESIONAL CARRERA DE TECNOLOGIA MEDICA. TITULO 1: DEFINICION Artículo 1 La Tesis Profesional es una actividad curricular de formación profesional para la obtención del título de Tecnólogo Médico. Artículo 2 Tiene como objetivo contribuir a la formación y creatividad científico-tecnológica del alumno, a traves de la aplicación del método científico en la resolución de problemas. Artículo 3 Durante el 9º semestre académico, el alumno guiado por un Tutor, debe desarrollar una Tesis Profesional en un tema del área básica, pre-clínica, de salud pública, de su mención, u otros temas que el Comité Académico de Tesis Profesional (CATEP) apruebe. TITULO 2: DE LOS ALUMNOS Artículo 4 La Tesis Profesional podrá ser realizada por uno o dos alumnos. En caso de ser dos, ambos alumnos deberán estar cursando al mismo tiempo el 9º semestre académico de la Carrera. Artículo 5 Los alumnos podrán iniciar la revisión de los temas a investigar, así como realizar los contactos con sus posibles Tutores, desde el inicio del 3er año, es decir perteneciendo a alguna de las menciones de la Carrera. Artículo 6 Podrán presentar el Proyecto de Tesis Profesional en la Escuela de Tecnología Médica, solo los alumnos que hayan aprobado el curso de Metodología de la Investigación, siguiendo las disposiciones contempladas en el título Nº5 del presente Reglamento. Artículo 7 La inscripción de un Proyecto de Tesis Profesional compromete formalmente a los alumnos firmantes a la realización del mismo en los términos que se plantea en el Proyecto. Dicho compromiso se adquiere con la Escuela de Tecnología Médica, con los Tutores de la Tesis Profesional y con la Institución patrocinante. Artículo 8 Los alumnos que soliciten suspender o abandonar su Tesis Profesional, deberán comunicarlo oportunamente y por escrito al CATEP quien emitirá un informe de antecedentes para someterlo a consideración del Director de Escuela. Artículo 9 El alumno podrá comenzar la ejecución de la Tesis, una vez que el Proyecto respectivo haya sido aprobado sin modificaciones, y deberá terminarla en el noveno semestre de la carrera. El Director de la Escuela, en conjunto con el CATEP, fijarán anualmente los plazos máximos de recepción del Proyecto de Tesis y de la Tesis Profesional terminada. Artículo 10 Podrán iniciar la Práctica profesional los alumnos que hayan aprobado la Tesis Profesional o que hayan sido expresamente autorizados por el CATEP en el caso que hayan entregado su Tesis Profesional pero aún no cuenten con la evaluación definitiva de los correctores. Artículo 11 Los alumnos que no entreguen su Tesis Profesional en el plazo máximo establecido, deberán elevar al CATEP una solicitud fundamentada proponiendo un nuevo plazo de entrega. Le corresponderá al CATEP evaluar cada situación y otorgar si corresponde la prórroga solicitada, la cual no podrá exceder mas allá de un mes del plazo inicialmente establecido. Si el alumno no entrega la Tesis en este nuevo plazo, se considerará reprobada la actividad curricular. Excepcionalmente el Consejo de la Escuela, teniendo en cuenta los antecedentes expuestos por el alumno y por el CATEP podrá autorizar el término de la Tesis Profesional durante el décimo semestre académico. En esta situación las actividades contempladas para dicho semestre deberán postergarse por el tiempo equivalente a la prórroga. El incumplimiento de este nuevo plazo será causal de eliminación del alumno de la carrera. TITULO 3: DE LOS TUTORES Artículo 12 Podrán ser Tutores de una Tesis Profesional académicos de la Universidad de Chile o profesionales de la Universidad así como de otras instituciones, los que deberán tener experiencia en investigación. Artículo 13 Podrá haber a lo más dos Tutores, especialmente cuando la Tesis Profesional sea expresión de la colaboración entre especialistas de distintas disciplinas. Artículo 14 El Tutor deberá expresar por escrito su compromiso con el o los alumnos para guiarlos en su Tesis Profesional en los términos establecidos en el Anexo Nº1. Para ello deberá firmar el documento correspondiente. Artículo 15 Será responsabilidad del Tutor obtener del jefe de la Institución donde se realizará la Tesis Profesional la autorización formal para que ésta se lleve a cabo. Artículo 16 Son funciones específicas del Tutor: a) Dirigir y supervisar la labor de los alumnos en la elaboración del proyecto y en el desarrollo de la investigación b) Cautelar que los alumnos dispongan de los elementos necesarios para su tarea c) Solicitar a los alumnos informes escritos de avances del trabajo de Tesis cuando lo estime conveniente d) Calificar el desempeño del alumno en la Tesis Profesional, de acuerdo a una pauta preestablecida. (Anexo Nº4) e) Dar a conocer al CATEP, cualquier situación que a su juicio, entorpezca el desarrollo normal de la Tesis, o actuaciones de los alumnos que sean contrarias a las disposiciones del presente Reglamento f) En caso de ausencia del Tutor por mas de 30 días, éste deberá informar al CATEP el nombre del investigador que asumirá en su ausencia la tutoría de los alumnos, manteniendo su responsabilidad en esta actividad. El académico reemplazante podrá ser incluido en el informe final como co Tutor. Si en la Tesis Profesional figura un co Tutor, éste deberá hacerse responsable de la Tutoría en forma transitoria o definitiva según sea el caso. Artículo 17 Podrán participar en la orientación metodológica y/o estadística de las Tesis Profesionales los profesores o metodólogos que los Tutores estimen necesario, o que la Escuela disponga para estos fines. Artículo 18 El carácter de asesor o de Tutor del profesor metodólogo deberá ser decisión de los profesores participantes en la Tesis Profesional, teniendo en consideración su aporte real a la propuesta de investigación, así como también su aporte al desarrollo de la misma. TITULO 4: DEL COMITE ACADEMICO DE TESIS PROFESIONAL (CATEP) Artículo 19 Es la entidad responsable de la actividad curricular de formación profesional Tesis Profesional. Artículo 20 Los miembros del Comité serán académicos nombrados por el Consejo de la Escuela de Tecnología Médica. Deberán ser 5 como mínimo y 7 como máximo, debiendo existir a lo menos un representante por cada una de las Menciones de la Carrera. Artículo 21 El CATEP será presidido por uno de sus miembros quien será designado por el Director de la Escuela de Tecnología Médica. El Presidente del CATEP persistirá en el cargo mientras cuente con la confianza del Director de Escuela. Artículo 22 Los Profesores miembros permanecerán por tres años en el CATEP. Su participación puede ser renovada por mandato expreso del Consejo de la Carrera. Artículo 23 Los miembros que deban abandonar su participación en el CATEP o que hayan cumplido su período, serán reemplazados por quienes nombre el Consejo de la Carrera, a proposición del propio CATEP. Artículo 24 El CATEP se reunirá ordinariamente una vez al mes en un día que deberá ser ampliamente conocido y en lo posible conservado durante el año. No obstante, cada vez que lo amerite se citará a Reunión extraordinaria. Artículo 25 Serán funciones del CATEP: a) Mantener al día la información respecto a la revisión de los Proyectos así como la evaluación de las Tesis Profesionales y completar los expedientes de Tesis Profesional (Anexo Nº7). b) Entregar oportunamente a Tutores y alumnos la información respecto del estado de avance de un Proyecto o Tesis Profesional. c) Consultar o asesorarse con el profesor encargado del curso "Metodología de la Investigación" o con un profesional metodólogo contratado por la Escuela, cuando lo estime conveniente. d) Consultar a la Comisión de Etica de la Facultad de Medicina o a quién estime conveniente si algún Proyecto le merece reservas a este respecto. e) Comunicar oficialmente al coordinador de Mención que corresponda, la aprobación y entrega de la Tesis Profesional terminada para que los alumnos puedan continuar con las actividades académicas que les corresponda según su plan de estudios. f) Entregar un ejemplar de cada Tesis a la Biblioteca de la Facultad de Medicina, y otro a la Escuela de Tecnología Médica. Llevar un registro actualizado de ellos de manera que puedan ser consultados por alumnos y profesores. g) Certificar el estado de avance en la realización de una Tesis Profesional. h) Resolver cualquier situación excepcional respecto de un Proyecto o Tesis Profesional que no esté contemplada en este reglamento. i) Informar anualmente al Director y al Consejo de la Escuela sobre los trabajos realizados, su duración, distribución por Mención, etc., así como los logros generales y las dificultades de funcionamiento. j) Mantener una base de datos actualizada de Tutores y revisores. k) Organizar las Jornadas Bianuales de premiación de las Tesis Profesionales. l) Elaborar, revisar y modificar las Pautas necesarias para el cumplimiento de la actividad curricular de formación profesional. m) Recomendar a los responsables de la Tesis, la participación de un asesor estadístico y/o metodológico cuando corresponda. n). Seleccionar a los correctores que revisarán los Proyectos y evaluarán las Tesis Profesionales. Artículo 26 Será responsabilidad del CATEP asegurar que la identidad de los revisores sea reservada salvo expresa solicitud del propio revisor. TITULO 5: DEL PROYECTO DE TESIS PROFESIONAL Y SU REVISION Artículo 27 La revisión del Proyecto de Tesis Profesional tiene como propósito, resguardar la calidad del estudio que se va a ejecutar, la correcta aplicación del método científico, la supervisión del cumplimiento de las normas y el análisis de la infraestructura y elementos que se le proporcionarán al alumno para que pueda desarrollar en forma adecuada su trabajo en el tiempo asignado para este efecto. Artículo 28 El Proyecto de Tesis Profesional deberá ser entregado en la Secretaría de la Escuela de Tecnología Médica al inicio del 9º semestre de la Carrera. Artículo 29 Cada Proyecto deberá ser entregado en tres copias de acuerdo al formato de la Pauta de Presentación del Proyecto de Tesis Profesional (Anexo Nº1), que incluye toda la información respecto del proyecto, alumnos, tutores, asesores metodológicos si los hay, así como las firmas de los alumnos, tutores y autoridades institucionales correspondientes. Artículo 30 Toda la información concerniente a una Tesis Profesional debe ser conservada en la Escuela de Tecnología Médica. La información contenida en los expedientes es reservada y sólo podrán acceder a ella el presidente y secretario académico del CATEP o quienes sean expresamente autorizados por ellos. Artículo 31 Los revisores deberán devolver el Proyecto informado de acuerdo a una Pauta para la Revisión del Proyecto de Tesis Profesional (Anexo Nº2) en un plazo máximo de 15 días. Artículo 32 El Proyecto de Tesis Profesional será evaluado por dos revisores quienes deberán señalar si el proyecto debe ser aprobado, aprobado con sugerencias, modificado para su aprobación o reprobado. En caso de ser aprobado, se comunicará a los alumnos esta decisión. En caso de requerir modificaciones para ser aprobado, se hará llegar por escrito al Tutor y alumnos las observaciones que éste merece para proceder a su corrección y nueva revisión. En caso que el Proyecto sea rechazado por uno de los revisores y aprobado por el otro, se enviará para su revisión a un tercer corrector, resolviendo el CATEP la situación final del Proyecto. Artículo 33 En caso que un revisor se exceda injustificadamente en el tiempo sin enviar respuesta, el CATEP podrá enviar el Proyecto a un revisor alternativo. Artículo 34 En caso que sólo uno de los revisores solicite modificar el Proyecto, la versión modificada de éste se le enviará sólo a ese revisor. Artículo 35 El rechazo final de un Proyecto significa que los alumnos involucrados deben formular un nuevo Proyecto de Tesis Profesional. TITULO 6: DE LA TESIS PROFESIONAL Y SU EVALUACION Artículo 36 Para la evaluación de la Tesis Profesional, deberá presentarse 3 ejemplares sin empaste en la Dirección de la Escuela de Tecnología Médica, y la autorización del Tutor de entrega de Tesis terminada (Anexo Nº5). Artículo 37 La Tesis Profesional deberá presentarse con formato tamaño carta, a doble espacio, con márgenes de 3,0 cm a izquierda y 2,5 cm a derecha, superior e inferior, páginas numeradas, y su extensión no deberá sobrepasar las 80 páginas. Los contenidos que se especifican se ordenarán de la siguiente forma: a) Portada: De acuerdo al esquema incluido en Anexo Nº6. b) Página inicial con igual formato que el utilizado en la Portada de la Tesis Profesional c) Evaluación final de la Tesis Profesional d) Carta de los evaluadores e) Dedicatoria. f) Agradecimientos: incluyendo si corresponde fuentes de financiamiento y/o instituciones patrocinantes. g) Indice con números de página. h) Resumen con una extensión máxima de una página en que se incluya: breve descripción del problema en estudio, objetivos, metodología, resultados globales y conclusiones generales. i) Introducción que contemple: problema en estudio, la justificación del mismo y Marco Teórico con revisión bibliográfica atingente al problema en estudio, j) Objetivos generales, objetivos específicos e hipótesis de trabajo cuando corresponda. k) Material y método que describa población en estudio, muestra y su tamaño, criterios de inclusión o exclusión de los sujetos, diseño metodológico y métodos de laboratorio, estadísticos u otros empleados. l) Resultados. m) Discusión n) Conclusiones. o) Bibliografía de acuerdo a normas internacionales. p) Anexos. Se incluirá en ellos la información complementaria que se estime necesaria para una compresión cabal del trabajo realizado. Tales como encuestas, cuestionarios, permisos de reproducción, información de Comité Etico, consentimiento informado, etc. Artículo 38 El ejemplar de la Tesis Profesional será evaluado en escala de 1 a 7 por dos revisores de acuerdo al Anexo Nº 3 y por el o los Tutores que califican el desempeño de el/los alumno/s de acuerdo a Anexo Nº4. En caso de existir dos tutores, la nota correspondiente al desempeño del alumno corresponderá al promedio de las calificaciones de ambos tutores. Artículo 39 Los evaluadores tendrán un plazo de 15 días hábiles para entregar su informe. Artículo 40 En caso que un evaluador repruebe la Tesis Profesional o la evalúe con nota inferior a 4 deberá enviarse a un tercer evaluador. De las 3 evaluaciones se considerarán las dos evaluaciones coincidentes ya sean las aprobatorias o las reprobatorias. Artículo 41 Si la Tesis Profesional es reprobada, los alumnos reprobarán la actividad curricular de formación profesional y deberán presentar un nuevo Proyecto durante el equivalente al décimo semestre de la Carrera. Artículo 42 La nota final sólo se podrá calcular si la tesis profesional ha sido aprobada y se obtendrá del promedio entre las 3 notas (2 evaluadores y desempeño del alumno) obtenidas de acuerdo al artículo Nº 38. Artículo 43 Los alumnos podrán repetir esta actividad curricular por una sola vez durante su Carrera. La reprobación en segunda oportunidad será causal de eliminación del alumno de la misma. Artículo 44 Será responsabilidad de CATEP comunicar oportunamente a los alumnos y Tutores la nota final obtenida en la tesis profesional. Artículo 45 Una vez aprobada la Tesis Profesional se procederá a su impresión definitiva y empaste en vinilo color burdeos, con letras impresas doradas y en el formato de la portada de la Tesis Profesional señalado en el Anexo Nº6. TITULO 8: DE LA PREMIACION DE LA TESIS PROFESIONAL Artículo 46 Cada dos años, en Octubre/ Noviembre, se realizará una jornada de presentación y premiación de las Tesis Profesionales. Artículo 47 Participarán de la selección para la presentación y premiación todas las Tesis Profesionales terminadas en los últimos dos años, considerando para ello las que fueron entregadas empastadas con posterioridad a la premiación anterior y las que estuvieron en tal condición un mes antes de la fecha fijada para la presentación y premiación. Artículo 48 Se elegirá para premiación al menos una Tesis Profesional por Mención. De esta manera se premiará un mínimo de 5 Tesis bianualmente. Artículo 49 El número de Tesis Profesionales premiadas dependerá del número de Tesis terminadas por Mención. En caso que el número de Tesis en una Mención exceda en mucho a las terminadas en las otras Menciones, el CATEP entregará dos premios a esa Mención. Bianualmente sólo dos Menciones podrán recibir dos premios por lo que el máximo de Tesis Profesionales premiadas será de 7. Artículo 50 Será responsabilidad de cada miembro representante de Mención en el CATEP, la selección de las Tesis Profesionales a ser premiadas en su disciplina. Ellos podrán asesorarse para estos fines por los profesores que estimen conveniente. |
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