OIT declara que sistema de abogado de turno de Chile infringe Convenio sobre Trabajo Forzoso.pdf
24 Nov 200924/11/09 a las 13:11 hrs.2009-11-24 13:11:24 por Rubén Burgos Acuña
Reportar ArchivoDescripción | El Consejo de Administración de la OIT concluyó que el sistema de turnos obligatorios no cumple con el Convenio al no ajustarse a "límites razonables de proporcionalidad" en las tareas impuestas a esos abogados, lo que puede incidir negativamente en el libre ejercicio de la profesión. Además concluyó que el Gobierno tiene que tomar medidas para garantizar que este sistema funcione dentro de los límites razonables de proporcionalidad indispensables para asegurar que esta obligación inherente a la profesión de abogado no configure trabajo forzoso y así asegurar el cumplimiento satisfactorio del Convenio número 29. La OIT solicita al Gobierno de Chile que: (i) examine el funcionamiento global del sistema de abogados de turno con miras a que el sistema no incida negativamente en el libre ejercicio de la profesión: (ii) tome medidas necesarias para asegurar que dicho examen tome en cuenta el volumen de trabajo impuesto, la frecuencia de las asignaciones, la pérdida financiera incurrida y el carácter excesivo de la sanción prevista La OIT invita al Gobierno a que en las próximas memorias que deberá presentar, proporcione informaciones detalladas sobre las medidas adoptadas para dar efecto a las recomendaciones antes formuladas para que la Comisión de Expertos prosiga con el examen de los problemas planteados por la aplicación del Convenio. (Noticia publicada en diciembre 2009 en www.abogados.cl) |
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Año | 2009 |
Autor | OIT |
Última Modificación | 24 Nov 200924/11/09 a las 13:11 hrs.2009-11-24 13:11:24 |
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