Dirección del Trabajo: Avanzar hacia el estándar democrátic

Claudio Palavecino 30 Abr 201030/04/10 a las 16:11 hrs.2010-04-30 16:11:30

(La Segunda on line, viernes 30 de abril)

Rodrigo Delaveau

Uno de los principios fundamentales de la democracia moderna es la denominada «separación de poderes», que en estricto rigor se refiere a la distinción de funciones del poder estatal. Vivimos bajo la lógica de que se trata de un principio absoluto, y damos por sentado que dicha institución existe en nuestro sistema democrático. Así, contamos con un Poder Ejecutivo, uno Legislativo y otro Judicial, no obstante que en el diseño institucional chileno intervienen otros dos órganos de relevancia, como son la Contraloría General de la República y el Tribunal Constitucional.

Si bien este principio se le atribuye comúnmente a Montesquieu, fueron los padres fundadores de la democracia norteamericana (Jay, Hamilton y Madison en “El Federalista”) los que, con su característico pragmatismo, dotaron de operatividad y realismo a esta creación intelectual, mediante el sistema de “check and balance” o frenos y contrapesos entre los poderes del Estado. Este mecanismo impide a un poder del Estado excederse en sus atribuciones, ya que será limitado por otro poder, generándose una situación de control mutuo entre órganos estatales, con el objeto de impedir la tiranía y la opresión al ciudadano.

Pese a que en Chile la gran mayoría de las instituciones políticas funcionan bajo esta lógica, existen enclaves que —de un modo u otro— resisten con mayor o menor eficacia la idea de dividir sus concentradas potestades.

Uno de estos ejemplos lo constituye precisamente la Dirección del Trabajo. Esta repartición pública depende políticamente del Ministerio del Trabajo, el cual es a su vez un órgano igualmente político, aunque no necesariamente politizado. El problema radica en que dicha Dirección concentra facultades normativas (mediante circulares), sancionatorias (mediante multas) y mediadoras (en la fase administrativa de los juicios laborales). Llama particularmente la atención esta última, ya que se supone que cumple una labor “imparcial” —como todo mediador—, pero por lo general ha sido ella misma la que ha dictado y sancionado a sólo una de las partes que luego pretende conciliar.

Esta deficiencia institucional sólo puede ser solucionada mediante un proyecto de ley que otorgue a la Dirección del Trabajo independencia política del gobierno de turno, y entregue su rol conciliador a entes especializados y profesionales, como ya se ha hecho con éxito en la justicia de familia en Chile.
Última Modificación 30 Abr 201030/04/10 a las 16:11 hrs.2010-04-30 16:11:30
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Comentarios
  • Alejandro Javier Sepúlveda Maulen

    11 May 201011/05/10 a las 01:18 hrs.2010-05-11 01:18:11

    Tengo entendido que existe un proyecto para darle a la Dirección del Trabajo, rango constitucional, esto quiere decir, que se le otorgaría autonomía y el cargo de director del trabajo dejaría de ser un cargo de confianza del Presidente, ante lo cual, pasaría a ser un cargo designado por la Alta Dirección Pública. Creo que más allá de lo parcial que pueda ser este organismo, hace tiempo que el cargo de director del trabajo viene siendo una de las tantas reparticiones que obedecen a la lógica del cuoteo político. En ese entendido, me parece que todo proyecto que pretenda darle autonomía e independencia, serviría para que la Dirección del Trabajo se constituya en un organismo técnico, como siempre debiera haber sido.
    Por otro lado, no tengo problema en aceptar que la Dirección tenga entre sus atribuciones, facultades jurisdiccionales, o sancionatorias, tales como, las multas. El grave problema que ocurre en la actualidad, es que esas medidas no están siendo aplicadas con carácter técnico, lo que se traduce en que haya una parte mucho mas sancionada (que en este caso sería el empleador, aún cuando es de esperarse que estos criterios cambien, en la linea del nuevo gobierno). Lo anterior también se aplica a la facultad de mediación que tiene la Inspección.
    En conclusión, estoy de acuerdo con el comentario, en lo relacionado con la independencia del gobierno de turno que tiene que tener un organismo tan importante, pero no me parece que sea necesario restarle facultades, si queremos que esta institución siga cumpliendo una importante labor dentro del campo del derecho laboral. Creo que ambos caminos van en direcciones opuestas.

    Saludos