Dirección del Trabajo: Avanzar hacia el estándar democrátic
Claudio Palavecino 30 Abr 201030/04/10 a las 16:11 hrs.2010-04-30 16:11:30
Rodrigo Delaveau
Uno de los principios fundamentales de la democracia moderna es la denominada «separación de poderes», que en estricto rigor se refiere a la distinción de funciones del poder estatal. Vivimos bajo la lógica de que se trata de un principio absoluto, y damos por sentado que dicha institución existe en nuestro sistema democrático. Así, contamos con un Poder Ejecutivo, uno Legislativo y otro Judicial, no obstante que en el diseño institucional chileno intervienen otros dos órganos de relevancia, como son la Contraloría General de la República y el Tribunal Constitucional.
Si bien este principio se le atribuye comúnmente a Montesquieu, fueron los padres fundadores de la democracia norteamericana (Jay, Hamilton y Madison en “El Federalista”) los que, con su característico pragmatismo, dotaron de operatividad y realismo a esta creación intelectual, mediante el sistema de “check and balance” o frenos y contrapesos entre los poderes del Estado. Este mecanismo impide a un poder del Estado excederse en sus atribuciones, ya que será limitado por otro poder, generándose una situación de control mutuo entre órganos estatales, con el objeto de impedir la tiranía y la opresión al ciudadano.
Pese a que en Chile la gran mayoría de las instituciones políticas funcionan bajo esta lógica, existen enclaves que —de un modo u otro— resisten con mayor o menor eficacia la idea de dividir sus concentradas potestades.
Uno de estos ejemplos lo constituye precisamente la Dirección del Trabajo. Esta repartición pública depende políticamente del Ministerio del Trabajo, el cual es a su vez un órgano igualmente político, aunque no necesariamente politizado. El problema radica en que dicha Dirección concentra facultades normativas (mediante circulares), sancionatorias (mediante multas) y mediadoras (en la fase administrativa de los juicios laborales). Llama particularmente la atención esta última, ya que se supone que cumple una labor “imparcial” —como todo mediador—, pero por lo general ha sido ella misma la que ha dictado y sancionado a sólo una de las partes que luego pretende conciliar.
Esta deficiencia institucional sólo puede ser solucionada mediante un proyecto de ley que otorgue a la Dirección del Trabajo independencia política del gobierno de turno, y entregue su rol conciliador a entes especializados y profesionales, como ya se ha hecho con éxito en la justicia de familia en Chile.
Última Modificación | 30 Abr 201030/04/10 a las 16:11 hrs.2010-04-30 16:11:30 |
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