Paro en Escondida*
Claudio Palavecino 1 Ago 201101/08/11 a las 18:30 hrs.2011-08-01 18:30:01
*Carta al Diario La Tercera, publicada el domingo 31 de julio.
Señor director:
Los trabajadores de Minera Escondida llevan varios días en paro. Por la prensa se ha señalado que la empresa considera ilegal la paralización. Podría haber despidos, se dice. Los trabajadores, por su parte, han denunciado prácticas antisindicales.
El conflicto pone de manifiesto un fenómeno inquietante. El orden público laboral se ha transformado en un páramo brumoso en que no se consigue distinguir el camino correcto. Acaso no sea exagerado afirmar que, hoy por hoy, en Chile nadie sabe de antemano qué se puede hacer y qué está prohibido en materia laboral. Poco a poco la regulación ha ido perdiendo su fin preventivo, orientador, para terminar operando represivamente.
La superación del conflicto escapa entonces de las manos de los propios interesados (empleadores y trabajadores) y se traslada a la administración laboral o a la judicatura, que, no pocas veces, ofrecen soluciones contrapuestas al mismo problema, generando todavía mayor confusión.
No es que no haya reglas claras. El ejercicio de la huelga las tiene señaladas. Pero el mundo del derecho del trabajo es un lugar extraño. Es un mundo donde los principios derrotan a las reglas. Entre esos mismos órganos encargados de velar por la legalidad laboral se ha ido imponiendo, sin contrapeso, una jurisprudencia de principios que se olvida, cada vez con mayor desparpajo, de la ley. Y es que los principios son como los dichos de la Sibila: cada cual los interpreta según le venga en gana.
No puede invocar el amparo de la libertad sindical quien viola los límites legales para su ejercicio. Es una verdad simple, clara, tal vez un poco odiosa. Ojalá que esta vez no sea derrotada por un principio.
Claudio Palavecino
Facultad de Derecho
Universidad de Chile
Señor director:
Los trabajadores de Minera Escondida llevan varios días en paro. Por la prensa se ha señalado que la empresa considera ilegal la paralización. Podría haber despidos, se dice. Los trabajadores, por su parte, han denunciado prácticas antisindicales.
El conflicto pone de manifiesto un fenómeno inquietante. El orden público laboral se ha transformado en un páramo brumoso en que no se consigue distinguir el camino correcto. Acaso no sea exagerado afirmar que, hoy por hoy, en Chile nadie sabe de antemano qué se puede hacer y qué está prohibido en materia laboral. Poco a poco la regulación ha ido perdiendo su fin preventivo, orientador, para terminar operando represivamente.
La superación del conflicto escapa entonces de las manos de los propios interesados (empleadores y trabajadores) y se traslada a la administración laboral o a la judicatura, que, no pocas veces, ofrecen soluciones contrapuestas al mismo problema, generando todavía mayor confusión.
No es que no haya reglas claras. El ejercicio de la huelga las tiene señaladas. Pero el mundo del derecho del trabajo es un lugar extraño. Es un mundo donde los principios derrotan a las reglas. Entre esos mismos órganos encargados de velar por la legalidad laboral se ha ido imponiendo, sin contrapeso, una jurisprudencia de principios que se olvida, cada vez con mayor desparpajo, de la ley. Y es que los principios son como los dichos de la Sibila: cada cual los interpreta según le venga en gana.
No puede invocar el amparo de la libertad sindical quien viola los límites legales para su ejercicio. Es una verdad simple, clara, tal vez un poco odiosa. Ojalá que esta vez no sea derrotada por un principio.
Claudio Palavecino
Facultad de Derecho
Universidad de Chile
Última Modificación | 1 Ago 201101/08/11 a las 18:30 hrs.2011-08-01 18:30:01 |
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