Notas prueba ordinaria
Claudio Nash Rojas 16 May16 de Mayo a las 13:43 hrs.2024-05-16 13:43:16
Se han subido las notas a la plataforma U-Cursos. Para la evaluación se han seguido los siguientes criterios: (1) Los derechos que están en conflicto son la libertad de expresión (art. 19 PIDCP) y derecho a la honra (art. 17 PIDCP). Se consideró la explicación de cuáles aspectos de cada derecho entraban en conflicto y se consideró errada la consideración de derechos afectados, pero que no están en conflicto en el caso. Cada derecho tiene asignado 0,5 puntos. (2) La respuesta debía contener los elementos propios de la restricción de derechos (1 punto); la base normativa (art. 19.3 PIDCP) y su aplicación al caso concreto (1 punto); y, se tuvo en consideración la argumentación sobre la calidad de funcionario público del alcalde y el interés en el tema planteado por el artista para los fines de determinar la necesidad y la proporcionalidad en las penas impuestas; ambos en relación con el efecto de silenciamiento que hace la restricción ilegítima (1 punto). (3) En el caso del agotamiento de los recursos internos se tuvo en condenación la base normativa aplicable (art. 5.2 Protocolo Facultativo) (0,5 puntos) y los argumentos aplicados al caso (falta de ejercicio y la discusión sobre si se estaba o no ante una excepción legítima al principio) (1,5 puntos).
Atendido el tiempo ajustado para rendir la prueba, se les otorgó un punto base.
Última Modificación | 16 May16 de Mayo a las 13:43 hrs.2024-05-16 13:43:16 |
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